ASI ES LA LEY

---Previene el juicio en favor del juez que lo hace, es decir, si varios jueces, están conociendo del mismo negocio, el que en definitiva lo tramitará y resolverá, el que previno en su conocimiento, entendiéndose con el que emplazó primeramente al demandado y por tanto, fijo la Litis (pintos a debatir y no el que primero recibió el escrito de demanda, como erróneamente se cree.




Sujeta al demandado a seguir el juicio ante el juez que lo emplazó.



---A menos que oponga y opere en su favor la excepción de incompetencia (Para el juez ), siempre que el tribunal haya sido competente en el momento del emplazamiento, aunque después deje de serlo.

Hace las veces de interpelación judicial (requerimiento para el cumplimiento de una obligación):



---Si por otros medio el demandado no se hubiere constituido en mora.



---Cabe destacar que si no se ha fijado tiempo o lugar para hacer el pago o si el sitio acordado fue el domicilio del deudor (esto cuando se trata obligaciones de dar), no podrá el acreedor exigirle en juicio sino treinta días después a la interpelación que se la haga judicialmente, ante notario o ante dos testigos.



Origina el cumplimiento del interés legal:



---Tratándose de obligaciones pecunarias en donde no se han pactado intereses.



LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA:



CONCEPTO:



---Es el acto procesal que se realiza con posterioridad al emplazamiento, en virtud del cual el demandado, dentro el término que marca la ley, expresamente comparece a juicio allanándose a las peticiones del demandado manifestando lo que ha su derecho conviene en relación con las pretensiones del actor ( quien demanda ) y en caso de ser necesario, para que oponga las defensas que tuviere y reconviniendo a su contra parte, y si no lo hace ( no contesta la demanda ) se le tiene por confeso de los hechos de la demanda.



PERSONAS FACULTADAS:



---Puede dar contestación a una demanda.



a).- Toda persona que conforme a la ley está en pleno derecho y ejercicio de sus derechos civiles, puede comparecer por propio derecho o por medio e representante o apoderados con poder bastante claro.



b).- Los ausentes o ignorados pueden comparecerá juicio por medio de sus representantes legítimos y si la diligencia es urgente, a criterio del juez puede ser representado por el Ministerio Público, adscrito al Juzgado o Tribunal.



c).- En lo individual o en grupo de personas (Litis consorcio pasivo).



---En caso de que dos o mas personas hayan sido demandadas por una misma, deberán litigar unidas y bajo una misma representación.



---Al efecto deberán nombrar, entro de los tres días siguientes, al representante común de ellas o a un mandatario judicial, ya que de no hacerlo, el juez les designará un representante común de entre los que se hubieren propuesto o de entre cualquier de los interesados.



---Al representante común se le deben hacer las notificaciones y citaciones, que surtirán efectos a todos los representados, y tiene las mismas facultades de aquel que promueve por su propio derecho.



d).- El gestor judicial.



---Antes de ser admitido debe otorgar la fianza que señale el juez, la cual ha de ser suficiente para responder sobre lo juzgado, sentenciado y los perjuicios que pudiere causar.



FORMAS:



La contestación de la demanda puede presentar diversas características:



A).- Allanamiento o confesión expresa de la demanda:



---Es una forma de dar por terminado un procedimiento judicial sin que se inicie el proceso y por tanto, sin que el tribunal ejerza su facultad jurisdiccional, debido a la inexistencia de controversia entre las partes, resultado de la conformidad de una parte, con las pretensiones de la otra.



---esto trae como consecuencia que, sin mayor trámite, el juzgador emita resolución en lo que apruebe tal decisión.

El allanamiento puede ser otorgado por:



---El demandado cuando se conforme con las pretensiones del actor, contenidas en la demanda.



---El actor cuando manifiesta su conformidad con la contestación de la demanda.

En ambos casos el juez, sin realizar ningún tramite, citara a las partes para oír sentencia y solo cuando se trate de juicio de divorcio será necesario que, previamente, se ratifique el escrito de allanamiento.



El allanamiento judicial expreso que afecta a toda la demanda obliga al juez para que en su sentencia reduzca las costas y otorga al deudor un plazo de gracia para el cumplimiento, siempre que se haya efectuado el secuestro de bienes para garantizar el pago del adeudo.





LA PROXIMA SEMANA SEGUIMOS CON LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA.



Recuerda, que desde cualquier posición que ocupes en la vida, siempre tendrás dos niveles desde tu mirador: los que están por encima de ti y los que están abajo.



Procura algunas veces, colocarte en la condición de tus jefes y otras en las de los dependientes.

QUE ES, EL EMPLAZAMIENTO:


QUE ES, EL EMPLAZAMIENTO:



Es el acto procesal por el cual el juez que conoce y una vez que se admite la demanda, realiza la primera notificación al demandado, haciéndolo conosedor de las prestaciones del actor, a efecto de que dentro de un plazo perentorio (termino de días que le concede la ley) pueda hacer uso de su derecho de comparecer en el juicio (contestacion de la demanda), para allanarse a sus pretenciones u oponer las defensas y excepciones que tuviere, a efecto de asegurarle el respeto de su garantia de audiencia y el ejercicio de sus derechos.



TIPOS DE EMPLAZAMIENTOS:



I.- Emplazamiento personal: Se realizara por medio del notificador o actuario, adscrito al juzgado, o en caso de que el juez lo permita por medio de los secrtarios del juzgado, debiendo satisfacer los requisitos siguientes:



---A).- Personalmente al demandado, si se encuentra y en caso de que no se halle en ese momento, se hara con los parientes, empleados domesticos del interesado, o con cualquier otra persona que viva en la casa, que se mayor de edad y siempre que el notificador se haya cerciorado de que el que busca tiene ahí su domicilio.



En el acta que lebante debera expresar lo medios por los cuales se cercioró de tal circunstancia de que viva en dicha casa.



En este caso, como en cualquier otra la primera notificación, el funcionario que la practica debe identificarse ante la persona con quien entienda la diligencia, requiriendole a la vez para que se identifique .



---B).- En la casa designada, la cual debe ser necesariemente el domicilio del demandado, entendiendose como tal:



a).- El domicilio de una persona física es el lugar donde:



---Reside con el propósito de establecerse, presumiendo como tal, en donde pemanesca por más de seis meses y a falta de este donde tiener establecido sus negocios o donde se encuentre en es momento.



b).- El domicilio de una persona juridica es el lugar donde tiene establecida su administración, empresa o negocio.



II.- Emplazamiento por edictos:



---ES una forma especial de notificar al demandado la existencia de una demanda entablada en su contra, cuando se desconoce su o el domicilio a efecto de asegurarle su gharantía de audiencia y el ejercicio de sus derechos.



a).- Este tipo de emplazamiento procede unicamente cuando:



---Se ignore el domicilio del demandado.

---Lo solicite la parte actora (quien demanda).



b).- Los edictos son una vía de comunicación judicial, por virtud de los cuales se informa al interesado de la resolución dictada por el tribunal ( en este caso es el acto de admición de la demanda en el que se ordena el emplazamiento al demandado).



---Los edictos se publicaran en la prensa (por desconocimiento del domicilio del demandado)por tres veces, de tres en tres días, en el periodico oficial del Estado y en periodicos locales que indique el juez.



---Esto es para hcerle saber al demandado, dentro de un término no inferior de 15 quince ni superior a sesenta días, poniendo a su disposición en la Secretaria del Juzgado respectivo, las copias de traslado correspondientes.



III.- Emplazamiento en el extranjero.- Este se practica cuando los demandados tienen su domicilio fuera del país.



--- En este caso se debe girar exhorto, debiendo satisfacer los requicitos del Código Federal del Procedimientos Civiles y los tratados y convenios internacionales en los que los Estados Unidos Mexicanos sean partes.



---Para esto el actor debera acompañar con su escrito de demanda y a su costa, compia simple de la misma demanda, y de los documentops anexos, en el idioma, agregando su respectiva traducción a la lengua del pais extranjero, a quien se le requiere para el emplasamiento.



---En caso de no hacerlo la parte actora ( quin demanda ), el juez le fijará un término para elloy si no lo hace, dejara de remitir el exhorto.



NULIDAD DEL EMPLAZAMIENTO:



---Los defectos en el emplazamiento, debido a las graves consecuencias que acarrea, constituye una de las violaciones procesales de mayor magnitud.



---Por ello el que se realiza sin cumplir los requisitos analizados debe ser declarado nulo, ya que la falta de alguna de sus formalidades esenciales tra como consecuencia que el demandado quede sin defensa.



ES IMPORTANTE DESTACARQUE LA NULIDAD DE ACTUACIONES POR DEFRECTO EN L MPLAZAMIENTO :



---Se consiodera de previa y especial pronunciamento, por lo tanto, suspende el prosedimiento en lo principal y hasta que se detrmine la invalides del mismo.



---Puede hacerse valer en cualquier momento, incluso ante la segunda instancia.



---Cabe indicar que antes de que el juez haga la declaración de rebeldía ( por no contestar la demanda ), debera revisar el emplazamiento y si encuentra que no se hizo debidamente, debe ordenar su reposición y hacer el hecho del conocimeinto del Tribunal, para que imponga una corrección disciplinaria al notificador o actuario, esto cuando resulte responsable.





LA PROXIMA SEMANA SEGUIMOS CON EL EMPLAZAMIENTO.





Los consejos son ayudas, no cabe duda.



Pero no olvides que la solución de nuestros problemas está dentro de nosotros mismos, en la palabra silenciosa que nace de nuestra conciencia, que es la voz de Dios en nuestro inteior.

No te engañes: sólo tú eres el responsable del camino que elijas.

Nadie responderá por ti.

Por eso, vive realmente, de acuerdo con tu conciencia.

CON ESTO TERMINAMOS LO RELATIVO A " QUE ES UNA DEMANDA"


Cabe indicar que para obtener copias o testimonios de cualquier documento que se encuentre en alguna archivo, que no se encuentren a disposición del publico, el que los pretena obtener y carezca de legitimación para lograr que se los entregen, requiere de decreto judicial, que un juez lo autorize.



LA APLICACION DE MDIDAS CAUTELARES O PROVIENCIAS PRECAUTORIAS:



A fecto de asegurar los bienes del demandado, si existe el temor fundado de que los oculte o dilapie ( embargo precautorio) o de que éste se ausente del lugar del juicio, sin dejar representante debidamente instruido, para responder del juicio.



LA ANOTACION PREVENTIVA DE LA DEMANDA EN EL REGISTRO PUBLICO DEL ESTADO:



Si esta se refiere a controversias relativas a bienes inmuebles, siempre que el actor otorge fianza suficiente ( a lo que diga el juez ) para responder de los daños y perjuicios que se puedieran causar al demandado.



PRESENTACIÓN:



La demanda debera presentarse en la Oficialia de partes en donde existan dos o mas juzgados, para que sea remitida al juzgado que le corresponda.



En donde exista un Juzgado mixtos ( Un juzgado para Civil y Penal ) se presentara en el unico juzgado civil.



Se debera presentar una copia simple de la misma afin de que se anote en ella la fecha y hora e presentación, para el efecto debera ser sellada y firnada por el empleado que la reciba.



LA PREVENCIÓN:



Si la demanda es oscura o irrgular el juez dentro del término de tres días, debera prevenir al actor y señalando con precisión en que consisten los defectos de la misma para que aclare corrija, o coplete y una vez que se realize, se pueda admitir la misma demanda.



El actor debera cumplir con la prevención, por escrito y en el término que se le de por parte del juez, y en caso de no hacerlo se desechará y sedebolveran al intresado todos los documentos originales y las copias simples que se exhibierón.



Para esto el actor puede promover el recurso de Queja, por tal requirimiento.



Se dice que esto es criticable, por que unicamente se le otorga a la parte actora, sin que la parte demandada tenga este derecho, esto por que esta en contra del principio de igualda procesal.



EFECTOS DE SU PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA:





La presentación de la demanda trae como consecuencia.





___Interrumpir la prescripción, si no se ha realizado por otros medios.



___Seña el pricipio de la instancia.



___Determina las prestaciones exigidas, no pudiendo ampliarlas con posterioridad.





ADMICION DE LA DEMANADA Y SUS EFECTOS.



Si el juez admite la demanda es por que quedaron satisfechos los requicitos o exigencias indicadas.



Es importane destacar que el juez desde el momento de presentar la demanda, tiene la obliogació de rebisar de oficio la personalidad de las partes, hasta antes de la audiencia de conciliación.



Contra el auto en el que el juez desconozca la personalidad, negandose a dar curso a la demanda, procedera el recurso de la queja.



Una vez admitida la demanda no pude modificarse ni alterarse y que el al tiempo de admitirse la demanda el juez debera tomar las siguientes medidas.



___Emplazar y correr traslado ( notificación de la demanda a la parte contraria), al demandado a efecto de que pueda hacer uso de su derecho a oponer las defensas y las excepciones que tuvier para que las haga valer en la contestación de demanda.



__Decretar las medidas cautelares o providencias precautorias, necesarias, si lo solicita el actor, para asegurar los bienes de la contra parte y evitar que el demandado las oculte o se ausente del lugar del juicio, sin dejar a persona con poder debidamente instruido para tal fin.



LA PROXIMA SEMANA VEREMOS EL EMPLAZAMIENTO.


DIOS esta está en todas partes a la vez, en tus ambientesy dentro de ti. Nunca estas solo (a).

No permitas que las penas te perturben, trata de conservar la calma y escuchar dentro de ti la palabra sailenciosa de DIOS.

Así estaras en condiciones de venser los obstaculos del camin o y descubrir la verdad de las cosas y de las personas.

SEGUIMOS CON, "QUE ES UNA DEMANDA".

Se debe tener en cuenta que la acción procede en juicio aunque no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad la clase de acción o prestación que se exija al demandado y su título o causa.
NOMBRE DEL DEMANDADO:
Puede ser persona fisica o juridica, se es persona fisica (una persona como yo, usted y otros), no es necesario que acredite o demuestre que es mayor de edad o que tiene plena capacidad de ejercicio; y si es una persona juridica ( una empresa, fabrica ext ext.), unia mente se debe mencionar su denominación o razon social.
DOMICILIO DEL DEMANDADO:
Si no se manifiesta domiucilio alguno, el juez no realizara emplazamiento alguno, hasta subsanar la omisión, por parte del actor.
OBJETO U OBJETOS QUE SE RECLAMAN, con sus accesorios.
HECHOS EN LOS QUE EL ACTOR FUNDE SU PETICIÓN:
Numerados y narrados con claridady precisión, para que el demadado pueda preparar su contestación y defensas, presisando los documentos públicos y privados que tengan relación con ada hecho, indicando si los tiene o no a su disposición y proporcionando los nombres y apellidos de los testigos que los haya presenciado.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
Se debe procurar cita los preceptos legales (articulos de los Códigos) y principios jurídicos aplicables, y trascribir Jurisprudencia existnte ( estos que emanan de Jurisprudencias DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION Y DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO).
FIRMA DEL ACTOR O DE SU REPRESENTANTE LEGITIMO:
Si no supieren firmar, pondra su huella digital firmando otra persona a su nombre y ruego, indicando tal circunstancia.
LA FIRMA DEL ABOGADO QUE ASESORARA AL INTERESADO:
A efecto de que acredite plenamente su intervención para el caso de condenación en costas (cobro de dinero).
ASI MISMO SE DEBE DE INCLUIR EN LA DEMANDA:
Poder Notarial o una copia cetificada del mismo y con esto se pretendera acreditar la personalidad del que comparece a nombvr de otro, o los docuemntos que acrediten el carácter con que se ostenta. Si se promuebe por o como representante legal de alguana persona, corporación.
COPIAS DEL ESCRITO DE DEMANDA Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXSOS:
Para que con estas copias se le corra traslado ( se le emplaze, se le notifique la demanda) a las o persona demandada ( la cotra parte).
DOCUMENTOS EN QUE LA PARTE INTERESADA ( ACTORA ) FUNDE SU ACCIÓN
Si no los tiene a su disposición, debe acreditar que ha solicitado su expedición con las copias simples selladas del archivo o lugar en que se encuentren los originales.
Se entiende que el actor tiene ha sui disposición documentos, si existen los originales en un el protocolo con ( NOTARIO ) o archivo público del que se pueda obtener copias autorizadas y exista la obligación de expediselos.
Si la parte actora no puedepresentar los documentos en que funde su acción, debe declarar bajo protesta de decir verdad, la causa y si el juez lo stima procedente, ordenara al responsable de su expedición que se lo entrege al interesado a su costa, apercibiéndolo con la imposición de una medida de apremio (multas, detención, despido de su trabajo ext. ext.).
Es imprtante destacar que salvo disposicisión legal en contrario o de tratarse de pruebas supervinientes ( que suseden despues de la demanda ), si no se cumplen con los requsitos anteriores, no se recibirá ningun documento ( en la etapa probatoria ) que no se hubiere presentado junto con la demanda y que se haya identificado con la misma.
Cabe indicar que para obtener copia o testimonio de cualquier documento qu se encuentre en archivos o proto.