SEGUIMOS CON LOS DIVORCIOS "AHORA VEREMOS EL DIVORCIO NECESARIO"


DENTRO DEL CODIGO FAMILIAR DEL ESTADO DE MICHOACAN, SE ENCUENTRAN LAS DIVERSAS CAUSAS PARA EL TRAMITE DE DIVORCIO NECESARIO QUE SON LAS SIGUIENTES:

1.- El adulterio debidaamente comprobado de uno de los cónyuges.

2.- La propuesta de un cónyuge para prostituir al otro, no sólo cuando él mismo lo haya hecho directamentwe, sino cuando se pruebe que ha recibido cualquier remuneracción, con el objeto expreso de que se tengarelaiones sexuales, con el o con ella.

3.- El hecho de que durante el matrimonio nazca un hijo concebido, antes de la celebracuón de este, con persona distinta a sau cónyuge, siempre y cuando se ubiese tenido conocimiento de esta circunstancia.

4.- La conducta de alguno de los cóyuges con el fin de corromper a sus hijos u hijas, y la tolerancia de la corrupción.

5.- La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro, para cometer algun delito.

6.- Padeser trastorno mental incurable, previa declaración de interdicción que se haga respecto del cónyuge enfermo.

7.- Padecer cualquier enfermeda crónica, incurable, contagiosa o hereditaria, cuando no hubiere sido dispensada, y la impotencia incurable para la cópula, cuando no hubiere sido dispensada o tenga su origen en la edad avanzada.

8.-La separación de los cónyuges por mas de un año, independientemente el motivo que la haya orignado, la cual podra ser invocada por alguno de ellos.

9.- La separación del domicilio cónyugal por mas de 6 seis meses sin causa justificada.

10.- La declaración de ausencia legalmente hecha o la de presunción de muerte, en los casos de excepción en los que no senecesita para que se haga esto, que proceda la declaración de ausencia.

11.- La negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligacines que señala la ley en su artículos 150 del Código Familiar, sin que sea necesario agotar previamente los procedimientos tendientes a su cumplimiento, así como el incumplimiento, sin justa causa, por alguno de los cónyuges, de la sentencia ejecutoriada en el caso del artículo 155 del Código Familiar:

--ARTICULO 150.- Los cónyuges estan obligados a contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio, socorrerse mutuamente, procurarse ayuda, solidaridad y asistencia.

--Los cónyuges tienenb derecho a decidir de manera libre y responsable e informada sobre el número y especialmente de los hijos, así como emplear, en los términos que señala la Ley, cualquier método de reproducción asistida, para lograr su propia decendencia.

--Este derecho sera ejercido de comun acuerdo por los cónyuges.

--ARTICULO 155.-Los cónyges tendran en el hogar autoridad y consideraciones iguales, por lo tanto resolveran de común acuerdo, todo lo conducente al manejo del hogar, a la formación y educación de los hijos y a la administración de los bienes que a estos pertenezacn.

--En caso de desacuerdo, el Juez de Primera Instancia resolverá lo conducente.

12.- La sevicia, las amenazas o las injurias gravez de un cónyuge para el otro, o para los hijos o hijas.

13.- La acusación calumniosa por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión, hecha por un cóyuge contra el otro.

14.- El alcoholismo o el hábito de juego, cuando amenacen causar la ruina de la familia o constituyan u continuo motivo de desavenencia.

15 .- Haber cometido uno de los cónyuges un delito doloso y grave por el que haya sido condenado, por sentencia ejecutoriada.

16.- Cometer un delito doloso , uno de los cónyges, contra la persona o bienes del otro, o de los hijos o hijas, por el cual hay sido condenado por sentencia ejecutoriada.

17.- El incumplimiento injustificado de las determinaciones de las autoridades administrativas o judiciales que se hayan ordenado, tendientes a corregir los actos de violencia familiar.

18.- La conducta de violencia familiar cometido o permitido, por uno de los cónyuges contra el otro, o hacia las hijas o hijos de ambos, o de alguno de ellos.

19.- El uso no terapéutico de las substancias ilícitas y las licitas no destinadas a ese uso , que produzcan efectos psicotrópicos,cuando amenacen causar la ruina de la familia o constituyan un continuo motivo de desavenencia.

20.- El empleo de métodos de fecundación asistida, realizada sin el consentimiento de su cónyuge.

21.- Impedir un de los cónyuges al otro, desempeñar una actividad

--Los cónyuges podran desempeñar cualquier actividad, excepto las que dañen la moral de la familia o la estructura de ésta

--Cualquiera de ellos podrá oponerse a que el otro desempeñe la actividad de que se trate y el Juez de Primera Instancia resolverá sobre la oposición.

22.- La violencia cometida por un cónyuge contra el otro.

LA PROXIMA SEMANA SEGUIMOS CON EL DIVORCIO NECESARIO.

DE TODOS MODOS

Las personas son un poco razonables, mentirosas y egoistas:

--amalas de todos modos

Si haces el bien te acusarán detener oscuros motivos egoístas:

--haz el bien de todos modos.

Si tines éxitos y ganas amigos falsos y enemigos verdaderos:

--lucha de todos modos.

El bien que hagas hoy será olvidado mañana:

--haz el bien, de todos modos.

La sinseridad y la franqueza tehacen vulnerable:

--sé sincero y frano, de todos modos.

Lo que has tardado años en construir puede ser destruido en una noche:

--construye, de todos modos.

Alguien que necesita ayuda de verdad puede atacarte si le ayudas.

--ayúdalo de todos modos.

Da al mundo lo mejor que tienes y te golpearán a pesar de ello:

--da al mundo lo mejor que tienes, de todos modos.

MADRE TERESA DE CALCUTA.

SEGUIMOS CON EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO (VOLUNTARIO):


LA SEGUNDA JUNTA DE AVENIENCIA:


En ella se debe tomar en cuenta los siguientes lineamientos.

C:- Se debe de llevar a cabo después de los ocho y antes de los quince días siguientes a la celebración de la primera junta de aveniencia, en caso de que los cónyuges insistan en separarse.:

-- Los cónyuges deben acudir personalmente ( No por conducto de su apoderado ) en caso de ser menores deben acompañarse por su tutor especial.

--Los divorciados deben de identificarse plenamente, para el efecto de suplantación de personas.

--El juez debe de exhortar nuevamente a los interesados para poder procurar su reconciliación.

--En caso de que los cónyuges insistan en divorciarse, se dará vista al Ministerio Público con el convenio del divorcio y en caso de que no exista posición, se citara para dictar sentencia que en derecho proceda.

-- Si la representación social considera que en el convenio se violan los derechos de los hijos o que estos no quedan bien garantizados, el tribunal lo hará saber a los interesados para que dentro de los tres días siguientes manifiesten si están de acuerdo con las observaciones realizadas y si las aceptan, resolverá en sentencia lo que proceda conforme a la ley,, cuidando que en todo caso queden debidamente garantizados, los derechos de los hijos y si no lo aceptan y el juez considera que el convenio no puede aprobarse, se abstendrá de disolver el matrimonio.

D).- SENTENCIA:

--Como a quedado indicado si el juez no logra la reconciliación en la segunda junta de advenimiento y el convenio queda bien garantizados los derechos de los hijos e incapacitados, el juez oyendo al Ministerio Público debe dictar sentencia en la que disolverá ell vinculo matrimonial y decidirá sobre el convenio presentado.

--La sentencia que decrete el divorcio es apelable en el efecto devolutivo, si lo concede y en ambos efectos si lo niega.

E).- INSCRIPCIÓN DE LA SENTENCIA EN EL REGISTRO CIVIL:

-- Ejecutoriada la sentencia de divorcio, el juez debe remitir copia de ella y del auto que la declaró firme al Director del Registro Civil de la Jurisdicción donde se celebro el matrimonio a efecto de que.

--Se levante el acta de divorcio.

--Anote el divorcio al margen del actya de matrimonio de los divorciados.

--Publique un extracto de la resolución durante quince días en los estrados destinados ´para ello.

EL CONVENIO DEL DIVORCIO:

Es necesario que al solicitar el divorcio por mutuo consentimiento se acompañe un convenio en lo que se deben resolver los siguientes aspectos.

--Designar a la persona a quien serán confiados los hijos de matrimonio, tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio.

--Fijar el modo de subvenir las necesidades de los hijos, tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio.

--Designar la casa que servirá de habitación a cada uno e los cónyuges durante el procedimiento.

--Establecer la cantidad que a titulo de alimentos un cónyuge pagará al otro durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, así como la forma de hacer el pago y la garantía que debe otorgarse para asegurarlo.

--Determinar la forma de liquidar la sociedad conyugal en caso de haber contraído matrimonio bajo este régimen patrimonial, señalando la manera de administrar los bienes que la integran durante el procedimiento; y fijar la bases para liquidarla después de ejecutoriado el divorcio, en cuyo caso es necesario designar liquidadores y acompañar un inventario y avalúo de todos los bienes muebles o inmuebles que la integran.

LA PROXIMA SEMANA SEGUIMOS CON LOS DIVORCIOS "DIVORCIO ADMINISTRATIVO".

NO ESPERES A QUE TE DEN OTRA OPORTUNIDAD. LA QUE TIENES ENTRE LAS MANOS ES LA BUENA.